Hoy se cumplen 10 años de la sanción de la Ley 26.743 de «Identidad de Género», una de las normas precursoras en el mundo, que nos permitió seguir ejerciendo nuestros derechos para formar una sociedad más equitativa.
La Ley de identidad de Género prevé el derecho a solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida (art. 3).
Otro aporte que se observa en la ley es haber rescatado el sexo autopercibido sobre el físico o morfológico.
El art. 4 que establece los requisitos que debe reunir una persona para solicitar el cambio de nombre de pila e imagen dispone que: “en ningún caso será necesario acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico”.
La Ley permite que las personas trans, travestis y no binaries puedan ser inscriptxs en sus documentos personales con el nombre y el género de elección ya que establece: “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.
La LIG fue pionera ya que es la primera que se animó a romper con lógicas legislativas conservadoras y tradicionales, concentradas en elementos biologicistas; seguiremos luchando por leyes pioneras en garantizar derechos en materia de salud, vivienda, trabajo y por la reparación histórica!